¿Que valor tienen las huellas dactilares en un documento? por @RaymondOrta
Alegato, impugnación, prueba y valor procesal de las impresiones dactilares.
En fecha reciente, se nos ha planteado un caso bastante particular, en el cual se desconoció la firme de un documento. Se opuso a la parte actora en juicio un documento con presuntas firmas del actor y con impresiones dactilares al lado de la misma firma desconocida.
Esto nos llevó a la reflexión, de qué hacer en caso de que sea desconocida una firma y las impresiones dactilares presentes en el documento cuestionado.
Desde el punto de vista jurídico, nuestro Código Procedimiento Civil venezolano, solamente tiene previsto el desconocimiento de la firma y de su contenido. Éste desconocimiento se remonta originariamente a los contratos y las cartas misivas realizados de forma manuscrita, entonces al desconocerse el contenido de un contenido se pudiera estar hablando de que la persona esté desconociendo como de su puño y letra lo escrito. Debemos recordar que el Código Civil venezolano, prevé el que una carta misiva tenga validez y efecto aunque no esté firmado, siempre y cuando se le haga llegar la misiva o carta a su destinatario, es decir, siempre cuando que tenga un remitente y se le haga la correspondencia al destinatario.